RG UIF 242/2023: umbrales de 700 y 750 SMVM vigentes desde julio 2026

Tomas Monferini

enero 6, 2026

Como es sabido, los montos aplicables a las actividades específicas alcanzadas y al Reporte Sistemático Mensual (RSM) previstos en la RG UIF 242/2023 cuentan con un mecanismo de actualización automática, definido en función del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

Dicho mecanismo toma como referencia el SMVM vigente a junio y a diciembre de cada año, impactando en las actualizaciones semestrales de los umbrales aplicables.

El SMVM de junio de 2026 se fijó en $367.800 (Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el SMVM). En consecuencia, los umbrales que se detallan más abajo rigen para el semestre 01/07/2026 – 31/12/2026.

📌 Aclaración clave: actividades alcanzadas vs. obligación de informar RSM

Resulta fundamental distinguir entre:

  • Actividades específicas alcanzadas por el sistema PLA/FT, y
  • Operaciones que deben ser informadas mediante el RSM.

A partir del año 2025 se produjo una actualización relevante: el umbral del Reporte Sistemático Mensual se elevó a SETECIENTOS CINCUENTA (750) SMVM, pero no se modificaron los montos de las actividades específicas alcanzadas, que continúan fijados en SETECIENTOS (700) SMVM.

⚠️ Consecuencia práctica

Esto genera una situación que debe ser correctamente interpretada desde el punto de vista del cumplimiento.

Toda operación que supere los 700 SMVM:

  • ✔ se encuentra alcanzada por el sistema de PLA/FT;
  • ✔ debe contar con legajo individual;
  • ✔ debe ser sometida a análisis de riesgo;
  • ✔ y debe aplicarse la debida diligencia correspondiente.

Pero si la operación no supera los 750 SMVM, ❌ no debe ser informada en el Reporte Sistemático Mensual.

Es decir: hay operaciones alcanzadas por PLA/FT que no son reportables por RSM, lo cual refuerza la importancia de no confundir ambos umbrales ni asumir que la ausencia de reporte implica ausencia de control.

🧩 Enfoque correcto de cumplimiento

La RG UIF 242/2023 consolida un modelo donde:

  • el sometimiento al sistema PLA/FT comienza a partir de 700 SMVM;
  • el deber de reporte sistemático recién se activa desde 750 SMVM; y
  • la documentación, el análisis y la trazabilidad de la operación resultan obligatorios aun cuando no exista deber de informar al RSM.

A continuación se detallan los importes vigentes a partir del 1° de julio de 2026, calculados sobre el SMVM de junio de 2026, a efectos de facilitar su correcta aplicación práctica.

Cuadro práctico de aplicación (700 vs. 750 SMVM) — vigencia 01/07/2026 al 31/12/2026

ConceptoUmbral aplicableMonto vigente
(SMVM jun-2026: $367.800)
¿Aplica sistema PLA/FT?¿Requiere legajo y análisis?¿Debe informarse en RSM?
Actividades específicas alcanzadas (compraventa de inmuebles, zonas de frontera, etc.)700 SMVM$257.460.000✅ Sí✅ Sí❌ No (si no supera 750 SMVM)
Reporte Sistemático Mensual (RSM) — compraventas en efectivo750 SMVM$275.850.000✅ Sí✅ Sí✅ Sí
Constitución de personas jurídicasSin monto mínimoN/A✅ Sí✅ Sí✅ Sí
Cesión de participaciones socialesSin monto mínimoN/A✅ Sí✅ Sí✅ Sí
Constitución de fideicomisosSin monto mínimoN/A✅ Sí✅ Sí✅ Sí
Transferencias de dominio en zonas de frontera y seguridad700 SMVM$257.460.000✅ Sí✅ Sí❌ No (si no supera 750 SMVM)

Período anterior, a modo de referencia

Para operaciones instrumentadas entre el 01/01/2026 y el 30/06/2026 (SMVM de diciembre de 2025: $334.800), los umbrales fueron:

  • 700 SMVM — actividades específicas alcanzadas: $234.360.000
  • 750 SMVM — RSM compraventas en efectivo: $251.100.000

Los valores expuestos rigen del 1° de julio al 31 de diciembre de 2026. La próxima actualización se calculará sobre el SMVM vigente a diciembre de 2026 y regirá desde enero de 2027.

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