Cumplimiento UIF para fideicomisos no financieros
El fiduciario es sujeto obligado ante la UIF. Nos ocupamos del legajo de las partes, la identificación del beneficiario final, el manual de procedimiento y los reportes, para reducir riesgos y fortalecer el cumplimiento del negocio fiduciario.
EL SERVICIO
Qué hacemos por su fideicomiso
Tomamos la operatoria de prevención de punta a punta, integrada a la administración del fideicomiso.
Manual PLA/FT y matriz de riesgo
Redacción y actualización del manual a medida de la estructura fiduciaria, con su autoevaluación de riesgos.
Legajos y beneficiario final
Armado del legajo de fiduciantes, beneficiarios y fideicomisarios, con screening contra listados de PEP, sanciones y terrorismo.
Capacitación anual
Programa de capacitación para el fiduciario y su equipo, con constancia para respaldar ante la UIF.
Oficial de cumplimiento y reportes
Acompañamiento del oficial de cumplimiento, gestión de ROS y respuesta a requerimientos de la UIF.
CÓMO TRABAJAMOS
Un circuito claro para el negocio fiduciario
De la revisión del contrato a la gestión diaria del cumplimiento.
Diagnóstico
Revisamos el contrato de fideicomiso y su situación actual frente a la UIF.
Puesta a punto
Manual, matriz de riesgo, inscripciones y designaciones al día.
Operación diaria
Legajos y screening de cada parte, aporte y transferencia de participación.
Reportes
ROS cuando corresponde y respuesta a requerimientos de la UIF.
EL MARCO NORMATIVO
El fiduciario es sujeto obligado
El art. 20 inc. 22 de la Ley 25.246 alcanza a quienes actúan como fiduciarios y a quienes intervienen en la administración, comercialización, registro o pago de valores fiduciarios. La Resolución UIF 140/2012 — con las modificaciones de las Res. 112/2021, 84/2023 y 56/2024 — fija cómo debe organizarse ese cumplimiento.
Identificación de las partes
Fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario: identidad, CUIT/CUIL, origen de los fondos y perfil del cliente.
Beneficiario final
Determinación de la persona humana que ejerce el control real de cada parte, conforme la Res. UIF 112/2021.
Registro y conservación
Legajo por cada parte y operación, con el respaldo documental conservado por el plazo legal de diez años.
Reportes ante la UIF
Reporte sistemático acotado a las transacciones con activos virtuales, y Reporte de Operación Sospechosa cuando corresponde: en financiación del terrorismo, dentro de las 48 horas.
EL ALCANCE DE LA OBLIGACIÓN
Sin umbral: todas las operaciones alcanzadas
A diferencia de otros sectores, la Res. UIF 140/2012 no fija un umbral monetario que dispare la obligación: el fiduciario debe identificar, registrar y conservar respecto de toda operación del fideicomiso. El reporte sistemático se limita a las transacciones con activos virtuales.
Res. UIF 140/2012
Res. UIF 140/2012
Que no haya umbral no significa que todas las operaciones exijan lo mismo: la intensidad de la debida diligencia se gradúa según el riesgo de cada parte y de cada negocio fiduciario. Te ayudamos a definir ese criterio y a dejarlo documentado.
Agendá una reunión informativa
Veamos juntos cómo está su fideicomiso frente a la UIF y qué necesita para estar al día. Primera consulta sin cargo.
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