casino SECTOR JUEGOS DE AZAR · RES. UIF 194/2023

Cumplimiento UIF para casinos, salas y juego online

Los concesionarios, operadores y organizadores de juegos de azar son sujetos obligados ante la UIF. Nos ocupamos de la identificación de jugadores, el control de umbrales, el manual de procedimiento y los reportes.

EL SERVICIO

Qué hacemos por su operación de juego

Tomamos la operatoria de prevención de punta a punta, integrada a la sala y a la plataforma.

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Identificación y legajo del jugador

Procedimientos de alta, verificación de datos y screening contra listados de PEP, sanciones y terrorismo, con actualización del legajo según el riesgo.

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Manual y matriz de riesgo

Redacción y actualización del manual PLA/FT a medida del operador, con su autoevaluación bienal de riesgos.

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Capacitación anual

Programa de capacitación obligatoria para el personal de sala, caja y plataforma, con constancia para respaldar ante la UIF.

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Reportes y revisión externa

Gestión del RSM, del ROS cuando corresponde y coordinación de la revisión externa independiente.

CÓMO TRABAJAMOS

Cómo trabajamos con su operación

Un circuito claro, de la evaluación inicial al monitoreo diario.

1

Diagnóstico

Revisamos la situación del operador frente a la UIF y su registración.

2

Puesta a punto

Manual, matriz de riesgo, oficial de cumplimiento e inscripciones al día.

3

Monitoreo diario

Control de umbrales, alertas y legajo de jugadores.

4

Reportes

RSM, ROS, autoevaluación y revisión externa independiente.

EL MARCO NORMATIVO

El operador de juego es sujeto obligado

El art. 20 inc. 3 de la Ley 25.246 alcanza a quienes, como actividad habitual, exploten, administren, operen u organicen juegos de azar: casinos, bingos, loterías, hipódromos y plataformas de juego a distancia. La Resolución UIF 194/2023 — modificada por las Res. 243/2023 y 56/2024 — derogó la Res. 199/2011 y rige desde el 1° de diciembre de 2023, con el capítulo de juego a distancia desde el 1° de marzo de 2024.

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Identificación de jugadores

En juego presencial, al cobro de premios, conversión de valores o canje de fichas por efectivo desde el umbral; en juego online, al inicio de la relación comercial.

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Monitoreo de operaciones

Control de umbrales por operación y por acumulado mensual, con alertas y perfil del jugador según su nivel de riesgo.

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Autoevaluación y revisión externa

Informe bienal de autoevaluación de riesgos y revisión externa independiente dentro de los 120 días corridos de su vencimiento.

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RSM y ROS

Reporte Sistemático Mensual del 1 al 15 de cada mes; ROS de lavado hasta 15 días desde la sospecha y de financiación del terrorismo en 48 horas.

LO QUE DISPARA LA OBLIGACIÓN

Umbrales vigentes del sector de juego

Los umbrales de la Res. UIF 194/2023 se calculan en Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) y se actualizan cada semestre.

casino Juego presencial

Art. 2 · Res. UIF 194/2023 (t.o. Res. 243/2023)

Identificación desde 15 SMVM por operación o por acumulado mensual
$5.517.000
summarize Reporte Sistemático Mensual

Art. 40 inc. a) · Res. UIF 194/2023

Operaciones iguales o superiores a 15 SMVM
$5.517.000
smartphone Juego a distancia

Capítulo III · Res. UIF 194/2023

Identificación al inicio de la relación comercial, cualquiera sea el monto
Sin umbral
event_availableVigencia 01/07/2026 al 31/12/2026 · SMVM de referencia: $367.800
Fuente: Res. UIF 194/2023 y Res. UIF 84/2023

Los importes se actualizan según la evolución del SMVM. Verificá siempre la vigencia antes de aplicarlos. Ante una operación cercana a estos umbrales, te ayudamos a determinar qué obligación corresponde.

Agendá una reunión informativa

Veamos juntos cómo está su operación de juego frente a la UIF y qué necesita para estar al día. Primera consulta sin cargo.

mail oficial@apd.lat
call +54 351 235 8661
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