account_balance SECTOR FIDUCIARIO · RES. UIF 140/2012

Cumplimiento UIF para fideicomisos no financieros

El fiduciario es sujeto obligado ante la UIF. Nos ocupamos del legajo de las partes, la identificación del beneficiario final, el manual de procedimiento y los reportes, para reducir riesgos y fortalecer el cumplimiento del negocio fiduciario.

EL SERVICIO

Qué hacemos por su fideicomiso

Tomamos la operatoria de prevención de punta a punta, integrada a la administración del fideicomiso.

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Manual PLA/FT y matriz de riesgo

Redacción y actualización del manual a medida de la estructura fiduciaria, con su autoevaluación de riesgos.

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Legajos y beneficiario final

Armado del legajo de fiduciantes, beneficiarios y fideicomisarios, con screening contra listados de PEP, sanciones y terrorismo.

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Capacitación anual

Programa de capacitación para el fiduciario y su equipo, con constancia para respaldar ante la UIF.

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Oficial de cumplimiento y reportes

Acompañamiento del oficial de cumplimiento, gestión de ROS y respuesta a requerimientos de la UIF.

CÓMO TRABAJAMOS

Un circuito claro para el negocio fiduciario

De la revisión del contrato a la gestión diaria del cumplimiento.

1

Diagnóstico

Revisamos el contrato de fideicomiso y su situación actual frente a la UIF.

2

Puesta a punto

Manual, matriz de riesgo, inscripciones y designaciones al día.

3

Operación diaria

Legajos y screening de cada parte, aporte y transferencia de participación.

4

Reportes

ROS cuando corresponde y respuesta a requerimientos de la UIF.

EL MARCO NORMATIVO

El fiduciario es sujeto obligado

El art. 20 inc. 22 de la Ley 25.246 alcanza a quienes actúan como fiduciarios y a quienes intervienen en la administración, comercialización, registro o pago de valores fiduciarios. La Resolución UIF 140/2012 — con las modificaciones de las Res. 112/2021, 84/2023 y 56/2024 — fija cómo debe organizarse ese cumplimiento.

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Identificación de las partes

Fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario: identidad, CUIT/CUIL, origen de los fondos y perfil del cliente.

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Beneficiario final

Determinación de la persona humana que ejerce el control real de cada parte, conforme la Res. UIF 112/2021.

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Registro y conservación

Legajo por cada parte y operación, con el respaldo documental conservado por el plazo legal de diez años.

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Reportes ante la UIF

Reporte sistemático acotado a las transacciones con activos virtuales, y Reporte de Operación Sospechosa cuando corresponde: en financiación del terrorismo, dentro de las 48 horas.

EL ALCANCE DE LA OBLIGACIÓN

Sin umbral: todas las operaciones alcanzadas

A diferencia de otros sectores, la Res. UIF 140/2012 no fija un umbral monetario que dispare la obligación: el fiduciario debe identificar, registrar y conservar respecto de toda operación del fideicomiso. El reporte sistemático se limita a las transacciones con activos virtuales.

fact_check Alcance de la obligación

Res. UIF 140/2012

Identificación de las partes, legajo y conservación en toda operación, cualquiera sea el monto
Sin umbral
currency_bitcoin Reporte sistemático

Res. UIF 140/2012

Se informan únicamente las transacciones con activos virtuales
Activos virtuales

Que no haya umbral no significa que todas las operaciones exijan lo mismo: la intensidad de la debida diligencia se gradúa según el riesgo de cada parte y de cada negocio fiduciario. Te ayudamos a definir ese criterio y a dejarlo documentado.

Agendá una reunión informativa

Veamos juntos cómo está su fideicomiso frente a la UIF y qué necesita para estar al día. Primera consulta sin cargo.

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call +54 351 235 8661
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